INACEPTABLES y jurídicamente inconducentes son las opiniones vertidas por Evo Morales el 23 de marzo, fecha en que nuestro vecino recuerda la pérdida de su litoral marítimo. Inaceptables por poner en duda la legitimidad del Tratado de 1904 que fijó nuestras fronteras, y jurídicamente inconducentes, pues es bien sabido que una demanda judicial para lograr su revisión, y más aún tras un siglo de su suscripción, no tiene destino.
Ya no quedan testigos de los hechos que rodearon la firma del Tratado de Tregua de 1883 como tampoco del Tratado de Paz de 1904, pero la historia da fe de que tardaron 21 años entre uno y otro, y de que en 1904 había un clima muy distinto al de los enfrentamientos de la guerra. Chile asumió y cumplió los compromisos que adoptó en favor de Bolivia que, a juzgar por éstos, les permitió desarrollar una infraestructura de comunicaciones terrestres, unido al libre tránsito comercial por territorio chileno.
Pero en 1920, Bolivia cambió de opinión y demandó a Chile ante la Asamblea de la Sociedad de las Naciones, pidiendo la revisión del Tratado de Paz fundado, especialmente, en que le había sido impuesto por la fuerza y que quedaba encerrado sin acceso al mar. La Asamblea propuso crear una comisión de tres juristas que dictaminó, en septiembre de 1921, que la demanda era inadmisible por carecer, la Asamblea, de facultades para modificar por sí misma ningún tratado y que su modificación era de la sola competencia de los Estados contratantes.
Si bien el Derecho Internacional ha avanzado desde esa fecha, ha sido invariable en el principio fundamental del "Pacta Sund Servanda" (lo pactado obliga) y que los Tratados sólo pueden modificarse por acuerdo de las Partes o por las causales incluidas en la Convención de Derecho de los Tratados, en el cual no se consulta su revisión. Incluso, de haber un cambio fundamental en las circunstancias, ello no es aplicable a los Tratados de Límites. Las declaraciones de Morales deben entenderse en el marco de la nueva Constitución de ese país, que eleva a ese rango su demanda marítima y señala que en el plazo de cuatro años denunciará y, en su caso, renegociará los Tratados Internacionales contrarios a la Constitución.
Si son inaceptables las declaraciones que contravienen normas básicas del derecho internacional, también son jurídicamente inconducentes. Los órganos judiciales internacionales tienen competencia para resolver diferendos jurídicos y en este caso, la petición de revisar el Tratado de 1904 por consideraciones de interés político, lograría la misma respuesta que en 1921 recibió de la SDN.
Las declaraciones del Presidente Morales tienen un carácter contradictorio. Mientras señaló a El Mercurio el martes pasado que descartaba ir a La Haya ("yo creo más en la sinceridad, en la confianza y en los resultados que beneficien a los pueblos"), en su discurso del día siguiente anunció acudir ante los tribunales y organismos internacionales.
Todo esto hace que las declaraciones del líder boliviano ameriten una explicación.