En uno intempestivo viraje, el Gobierno del presidente Evo Morales ha decidido dejar de lado la política bilateral en la cuestión marítima, y comenzar una exaltada y romántica política multilateral. Se dice que un pequeño grupo ajeno a la Cancillería, ha logrado convencer a las autoridades gubernativas de que nuestro país tendría buenas chances para lidiar en el plano jurídico, y obtener por esta vía un arreglo del problema de nuestro enclaustramiento geográfico.
Pareciera, en primer lugar, que ese pequeño grupo no se ha dado cuenta de que han pasado más de cien años de la suscripción del Tratado de 1904, y que el tiempo ha consolidado plenamente la vigencia del mismo. Además, todo lo que ahora se está manifestando sobre el Tratado, ya se lo estudió y planteó en 1920 y 1921, ante la Liga de las Naciones. Y allí fue rechazada la demanda nacional. Una comisión jurídica elegida por ese organismo emitió un informe, el 22 de septiembre de 1921, donde señalaba: “Que tal como ha sido presentada la demanda de Bolivia, es inadmisible, porque la Asamblea de la Liga de las Naciones no puede modificar por sí misma ningún pacto y porque la revisión de los Tratados es de la sola competencia de los Estados contratantes”.
Ahora bien, ya se han publicado los cinco argumentos principales que tendría el país para optar a La Haya. El primero se refiere a que en el Protocolo de 16 de abril de 1907, se nombró como árbitro del Tratado de Paz, a la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (TPA), en sustitución del emperador alemán, quien rechazó esa designación. Da la impresión de que ese pequeño grupo hubiese descubierto la pólvora al observar que existen dos tribunales en La Haya: el TPA, que es árbitro del Tratado de Paz, y la Corte Internacional de Justicia.
Respecto al TPA, conviene recordar que en el Protocolo de 1907, se especifica que éste sólo tendría tuición “en todas las cuestiones que llegaren a suscitarse con motivo de la inteligencia o ejecución de dicho Pacto (el Tratado de Paz)” y no en su revisión o modificación. Pero cabe destacar además, que el TPA es un tribunal fantasma, existe simbólicamente pero no en la realidad, porque no tiene jueces permanentes. Sólo cuenta con una Secretaría y una lista de jueces, cuatro por país, de los cuales las partes que mantienen una controversia, deben elegir para crear el tribunal. En consecuencia, si Chile no desea designar a los jueces, nunca podría constituirse el tribunal.
El segundo argumento sería la omisión en el Tratado de Paz, de la cesión boliviana del territorio comprendido entre los paralelos 23º y 24º de latitud sur. Pero ello se complementó en el Acta Aclaratoria del Tratado de Paz, suscrita el 15 de noviembre de 1904, la cual fue ratificada por ambos países. En ella se puntualiza que “el Gobierno de Bolivia reconoce el dominio absoluto y perpetuo de Chile en el territorio situado entre los paralelos 23 y 24 de latitud meridional, desde el mar hasta el actual deslinde con la República Argentina”.
El tercero se refiere al Tratado de Transferencia de Territorios de 18 de mayo de 1895. Pero éste nunca entró en vigencia, porque Bolivia le incluyó dos protocolos modificatorios rechazados por Chile.
En el cuarto, relativo a los recursos hídricos, se menciona que Chile estaría usufructuando aguas bolivianas en forma inconsulta: las del Silala, del canal del Uchusuma y del río Lauca. Respecto al Silala, ya se estaba negociando sobre el particular y hasta se llegó a un acuerdo previo entre las partes. En cuanto al río Uchusuma, sus aguas son utilizadas por el Perú y no por Chile. Por lo tanto, Bolivia podría llevar a un tribunal internacional sólo el problema del río Lauca, siempre que Chile se negase a negociarlo bilateralmente.
El último argumento es verdaderamente insólito. Se expresa que Bolivia habría reconocido el dominio absoluto y perpetuo de Chile sobre su litoral, pero no habría cedido la soberanía. Pareciera que ese pequeño grupo no conociese bien el idioma castellano y no entendiera que esos son conceptos sinónimos.
Es menester recordar que Bolivia no tiene derechos jurídicos para reintegrarse al mar, sino sólo derechos históricos y morales, estos últimos debidos a las variadas veces que Chile ofreció solucionar el problema. En consecuencia, llevar la cuestión marítima a tribunales internacionales demandará solamente una gran pérdida de tiempo y dinero. Pero lo peor es que lo único que se obtendrá será una nueva desilusión y una mayor amargura para nuestro sufrido y esperanzado pueblo.
Ramiro Prudencio Lizón
es diplomático e historiador.