sábado, 9 de mayo de 2015

Carlos Antonio Carrasco pone punto final a la cobertura de las actuaciones judiciales en La Haya cuando el presidente de la Sala de Justicia proclamó "la Corte se retira". ahora vendrán los alegatos por escrito, hasta ahora son 15 mil folios quelos 15 jueces tendrán que leer y dar sus juicios. la Corte es soberana y no admite apelación, es decir no existe ningún otro Tribunal. Gracias Carlos Antonio por la excelente tarea realizada.

Colofón. “La Corte se retira a deliberar”. Con esa frase, el presidente del supremo tribunal internacional, el francés Ronny Abraham, cerró ayer la cuarta y última jornada en que sendos equipos de avezados juristas representando a Bolivia y a Chile se enfrentaron para tratar la competencia o incompetencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para considerar la demanda boliviana de una salida soberana al océano Pacífico.

La profesora francesa Monique Chemillier-Gendreau fue la encargada de iniciar la dúplica boliviana ante la atenta mirada de la bancada chilena que pestañeó colectivamente cuando ella espetó: “Chile prometió siempre, pero nunca dio nada” al referirse a los documentos de índole diversa en que antes se mostraba llano a negociar una salida al mar y, ahora, alega que el Tratado de 1904 se lo impide legalmente.
Sin embargo, correspondió al jurista parisino Mathias Forteau la respuesta al fiero ataque de sus oponentes del día anterior cuando insistían en las implicaciones que tendría la “obligación de negociar” la vigencia del Tratado de 1904. Forteau mostró y demostró cómo Chile, al objetar la competencia de la CIJ, se adentró notablemente en el fondo de la cuestión, confundiendo lo preliminar con lo sustantivo. Ratificó su aserción que el Tratado de 1904 incluye la obligación de negociar y, puesto que Chile sostiene lo contrario, será la CIJ la que resuelva el impasse.
Más tarde, marchó hacia el atril el profesor iraní Payam Akhavan, quien descolló particularmente cuando respondió a la interrogante planteada por el juez inglés Christopher Greenwood: “No existe tal cosa como un momento mágico”, dijo prosiguiendo que, en derecho, “una promesa es una promesa” y bastaría uno solo de estos compromisos para crear una obligación”. En tal sentido, no hay, en efecto, un solo ejemplo de tal promesa, sino varias instancias acumuladas en sucesivos actos antes y después de 1948. Acabó criticando las advertencias del abogado coreano-americano Harold Hongju Koh que, en representación de Chile, vaticinó consecuencias apocalípticas si la CIJ admitía la demanda boliviana y calificó esa intervención de una arremetida sin base, motivada solamente por el deseo de amedrentar a los magistrados.
Luego, el togado español Antonio Remiro Brotóns disertó sobre la inevitable evolución de los tratados que podían ser enmendados por necesidad pública y por acuerdo de las partes, ironizando comparó, a ojos de Chile el Tratado de 1904 a la ley mosaica, aunque cuestionando su intangibilidad. Interpretó cabalmente los alcances de la Constitución Política del Estado (2009) indicando que no apuntaba al Tratado en cuestión y acabó justificando el levantamiento de la reserva que hizo Bolivia al artículo VI del Pacto de Bogotá.
Como es habitual, correspondió al agente Eduardo Rodríguez Veltzé dar por terminada la dúplica boliviana y lo hizo con marcada elocuencia al denunciar que Chile, no obstante haber bloqueado a Bolivia su salida al mar, también bloqueó las negociaciones en curso y hoy pretende bloquear a su país, el acceso a la Corte.
Cuando los circundantes ordenaban sus papeles para marcharse, surgió inesperadamente el juez japonés Hisashi Owada que formuló a los dos contrincantes la siguiente pregunta: “Acceso al mar no es un término reconocido en el derecho consuetudinario internacional y ambas partes lo han referido. Les agradecería mucho que tengan a bien definir el sentido de ese término cómo lo entienden y el contenido específico del mismo”.
La Corte fijó el 13 de mayo como plazo para que ambas partes puedan responder por escrito. A partir de ahora, comienza el prolongado suspenso dentro del ritual interno de la CIJ, en el que los 15 jueces estudiarán con meticuloso cuidado los alegatos escritos y orales de las partes, para elaborar un fallo acerca de su competencia o incompetencia para considerar este caso inédito.

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