domingo, 9 de febrero de 2014

Cayo Salinas, notable jurista cochabambino coincide con Carlos Mesa, "Chile no es invencible. Chile no es invulnerable". refiriéndose al fallo de La Haya sobre el litigio Chile Perú, añade también falla sobre Rurelec, aunque a Evo no le guste, pero no hay forma de desconocerle. O se aceptan los fallos o no se aceptan, son una unidad, el Tribunal es uno solo. no cabe duda alguna.

Respecto al epígrafe, dos eventos han sucedido en los últimos días que merecen atención. El primero de ellos, el fallo proferido por la Corte Internacional de Justicia de La Haya en torno a las diferencias suscitadas entre Chile y Perú sobre límites marítimos y, el segundo, un Laudo Arbitral emitido por un Tribunal de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya donde se estableció que el Estado boliviano debe pagar una suma dineraria en favor de la empresa Rurelec.
Ambos, no tienen relación entre sí en términos de sujetos procesales, a no ser por sus efectos respecto al discurso que el Gobierno abandere en relación a cómo afrontar decisiones de tribunales extranjeros.
Por un lado, considero altamente auspicioso el resultado de La Haya en relación a la contienda chileno peruana, más allá de las interpretaciones que surjan respecto a qué postura fue la más beneficiada, es decir,  si Chile mantiene el aérea marítima más rica  pese a perder territorio marítimo, o si Perú fue el vencedor considerando la declaratoria de procedencia de la mayoría de sus pretensiones. Independientemente de la vinculación y precedente histórico que pueda haberse establecido, existe un aspecto que es vital a la hora de analizar la sentencia.
Me explico. Chile dejó de ser intocable y como consecuencia de la decisión, pasó a ser un país vulnerable al que se le ha restado una parte de su territorio, lo que da pie a considerar que en igual sentido, cuando deba proferirse el fallo en torno a la demanda boliviana, pueda suceder igual cosa bajo la óptica de que la postura esgrimida por nuestro país es la correcta. En otras palabras, Chile dejó de ser un país invencible en términos diplomáticos y se ha puesto en igualdad de condiciones en términos jurídicos. Ese factor debe alentar la procedencia de nuestra acción y merecer, de aquí en adelante, habilidad y prudencia.
Inmediatamente después, hemos tomado conocimiento de un fallo arbitral, emitido por la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, que es competente para dilucidar controversias que surgen de tratados bilaterales de protección de inversiones extranjeras. La decisión arbitral ha ordenado el pago de sumas dinerarias en favor de la demandante por la nacionalización de Guaracachi. En términos procesales, cabe que Bolivia pida una interpretación del laudo arbitral, habida cuenta que éste es de cumplimiento obligatorio de acuerdo a reglamento.
Dos precisiones. La primera: el laudo arbitral ha establecido una suma considerablemente menor en contra del Estado boliviano al pretendido en la demanda, lo que me hace presumir que la sensación de la demandante no ha sido la mejor una vez conocido el resultado y, la segunda, como están las cosas, Bolivia debe pagar y dar muestra de que respeta las decisiones de tribunales internacionales, más cuando existen razonadas probabilidades que la demanda contra Chile pueda ser favorable a nuestros intereses. No olvidemos el principio que manda que las obligaciones que surgen de los contratos internacionales y/o tratados, emergen del alcance del pacta sunt servanda, que no es otra cosa que el compromiso de cumplimiento de lo pactado.
El Estado boliviano no puede  tener dos discursos en relación al principio de acatamiento de fallos extranjeros.  Peor aún, no puede alentar el cumplimiento de uno, denostando al otro por no ser favorable. El concepto y el principio es uno solo. La señal que se dé, debe ser consecuente con aquello. Debe quedar claro que nos estamos jugando nuestro enclaustramiento. 

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